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El impuesto catalán sobre las bebidas azucaradas empieza a aplicarse este lunes

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Este lunes se implanta en Cataluña el nuevo impuesto autonómico que grava a las bebidas azucaras envasadas y que afectará a las empresas de la industria, distribución y hostelería. Esta medida contempla dos subidas impositivas diferentes según la cantidad de azúcar por producto: por un lado, se impondrá una tasa de ocho céntimos para las bebidas que contengan entre 5 y 8 gramos de azúcar por cada 100 mililitros; y, por otro, se aplicará un incremento de hasta doce céntimos por litro en caso de que el azúcar contenido supere los 8 gramos por cada 100 mililitros.

En concreto, los productos afectados por la ley son todos los refrescos o sodas, bebidas de néctar de frutas, bebidas deportivas, bebidas de té y café, bebidas energéticas, leches endulzadas, bebidas alternativas de la leche, batidos y bebidas de leche con zumo de fruta, bebidas vegetales y aguas con sabores.

Según marca la ley en su artículo 73 (punto 2) el contribuyente es quien suministra el producto pero ‘está obligado a repercutir el impuesto al consumidor final de la bebida’

“Dependiendo, por tanto, del valor del producto y del porcentaje de azúcar que contengan, el impuesto puede suponer entre un 8% y un 50% del valor del producto”, afirman desde la Asociación de Empresas de Fabricantes y Distribuidores (Aecoc). Además continúan afirmando: “según marca la ley en su artículo 73 (punto 2) el contribuyente es quien suministra el producto pero ‘está obligado a repercutir el impuesto al consumidor final de la bebida’, lo que hace que las empresas ejerzan, en este caso, como meros recaudadores”.

Desde Aecoc se asegura que algunas empresas de distribución “se preparan ya para informar a sus consumidores en las tiendas de los nuevos precios que van a aplicar a las bebidas afectadas como consecuencia de la entrada en vigor del nuevo impuesto autonómico”.

Fuera del Proyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado para 2017

Una medida similar se planteó para todo el territorio español, aunque el pasado 31 de marzo, el Consejo de Ministros aprobaba el Proyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado para 2017 en el que se excluía la subida impositiva a las bebidas azucaradas que el Gobierno incluía inicialmente en la propuesta que presentó el ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro en el Consejo de Ministros del 2 de diciembre de 2016.

Desde un primer momento, las principales asociaciones implicadas en la producción y distribución alimentaria han mostrado su disconformidad con el gravamen. Así,  FIAB -Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas-, ACES -grandes cadenas de supermercados-, AECOC -empresas de gran consumo-; ANGED -grandes empresas de distribución-; ASEDAS -distribuidores, autoservicios y supermercados-; CEDAC -distribuidores de alimentación de Cataluña-; FEHR -Federación Española de Hostelería, y Marcas de Restauración firmaron un documento en el que declaraban que “las empresas del sector consideran del todo inviables los plazos marcados”, contra esta nueva medida impostiva del Gobierno de Cataluña.

También, la Asociación de Bebidas Refrescantes, Anfabra, hizo público un comunicado aseverando que el impuesto “afectará negativamente a los consumidores y empresas catalanas. El consumidor catalán de bebidas con azúcar, sobre el que repercute el impuesto, se verá discriminado frente a otros consumidores en España y en la Unión Europea. Perjudicará más a las empresas que sólo distribuyan y vendan en Cataluña”. Asimismo, inciden en que “está demostrado que los impuestos sobre alimentos y bebidas no cambian hábitos ni resuelven problemas de salud”.

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