El Tribunal Supremo ha declarado legal el ERE interpuesto por Panrico en 2013. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha examinado los recursos de casación presentados por los sindicatos UGT y CC.OO. contra la sentencia de la Audiencia Nacional que había declarado el despido ajustado a derecho, salvo en dos aspectos concretos: el aplazamiento de la indemnización pactada y los despidos a realizar diferidamente en 2015 y 2016, aspecto no cuestionado en el recurso.
La Sala, por mayoría y con voto particular en contra, ha decidido (desestimando los recursos de los sindicatos y las causas de nulidad por ellos invocadas, y estimando el recurso de la empresa) confirmar la sentencia de la Audiencia Nacional, salvo en lo referente al aplazamiento de la indemnización pactada que se declara ajustada a derecho.
Última condición para el acuerdo
Esta resolución favorable era uno de los requisitos que solicitó Bimbo al fondo de capital estadounidense Oaktree para la compra de Panrico. El otro era la autorización por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y la Autoridad de Competencia de Portugal, organizaciones que aprobaron la adquisición hace unas semanas.
Así, Bimbo se hará con Panrico y a su vez venderá a Adam Foods determinados activos de la categoría de Panrico. El origen de este acuerdo se produjo el pasado mes de abril, e implica la adquisición por parte del grupo Adam Foods de todas las marcas de pan envasado y sus derivados para España, Portugal y Andorra, las patentes de producción, las licencias para comercializar dichos productos en Italia, Alemania y Francia, y los centros de producción de Gulpihares (Portugal) y Teror (Canarias).
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