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Entra en vigor la nueva normativa sobre la calidad del pan

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La nueva norma de calidad del pan, que garantiza a los consumidores la adquisición de productos de calidad perfectamente caracterizados y etiquetados, ha entrado hoy en vigor. Esta directriz, que fue ratificada en Consejo de Ministros mediante Real Decreto el pasado mes de abril, “sienta un precedente legal en las normas de calidad de los alimentos, al introducir una fiscalidad positiva”, han destacado desde el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).

Este nuevo marco legal, además, mejora la competitividad del sector español del pan, asegura la leal competencia entre industrias -estableciendo las mismas condiciones a todos los productores- y facilita la innovación atendiendo a las nuevas necesidades de los consumidores.

Esta normativa, igualmente, “mejora la información que reciben los consumidores, clarificando las denominaciones de venta, así como el resto de información voluntaria que pueden utilizar los operadores”.

Principales novedades

La normal de calidad del pan contempla requisitos más estrictos para considerar un pan integral, ya que “exige que el 100% de la harina empleada será integral”. Por tanto, se tendrá que indicar el porcentaje de harina en el etiquetado para aquellos panes integrales o de otros cereales que no estén elaborados de forma exclusiva con ese tipo de harinas.

También incluye requisitos más estrictos en el caso de pan de otros cereales. Por ejemplo, se establece para el pan de centeno que sea elaborado solo con ese tipo de harina.

Con esta normativa también se concreta la definición de ‘masa madre’, que se preserva a un tipo de elaboración que limita el uso de levaduras industriales, y se establecen los requisitos para utilizar la denominación ‘elaborado con masa madre’.

Otros conceptos aclarados son la definición de ‘elaboración artesana‘, donde prima el factor humano frente al mecánico, y el concepto de ‘pan multicereal’ . La nueva norma, además, introduce como nueva definición ‘pan común’, que  incluye panes elaborados con otro tipo de harinas distintas a la del trigo, permitiendo así el uso de harinas integrales, de otros cereales. Incluirá, asimismo, productos más beneficiosos para la salud.

“Esta nueva definición de ‘pan común’ permite que a partir de ahora se aplique un IVA reducido a muchos más productos que hoy en día se consideran de consumo habitual en los hogares, como son los panes integrales, los panes de otros cereales distintos al trigo y los panes elaborados con salvado. De esta forma y gracias a la ampliación de la definición de ‘pan común’, se van a beneficiar del tipo de IVA reducido (4%) más tipos de panes que tenían actualmente un tipo del 10%”, han destacado desde el MAPA.

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